El Gobierno andaluz espera este miércoles una aclaración del Gobierno en la reunión del Consejo Interterritorial de Salud en relación a la reducción de la distancia de 1,5 metros que debe mantenerse en los espectáculos taurinos y en general, según ha puesto de manifiesto este martes en la rueda de prensa del Consejo de Gobierno el consejero de la Presidencia y portavoz, Elías Bendodo. “No podemos legislar en contra del Estado”, ha sostenido Bendodo a preguntas de los periodistas sobre la celebración de la temporada taurina y la exigencia legal de una distancia de un metro y medio entre los espectadores asistentes.

El consejero de la Presidencia ha indicado que el Martes Santo, el 30 de marzo, entró en vigor la Ley 2/2021, norma que contempla ese requerimiento de que la separación entre espectadores sea la aludida. “La legislación estatal prevalece sobre la autonómica”, se ha reafirmado Bendodo para poner de manifiesto el condicionamiento legal que debe asumir el Gobierno andaluz en la celebración de eventos de de cualquier naturaleza, para reafirmarse en la idea de que “no podemos ir en contra”. Con la apelación a que sea “en el Consejo Interterritorial de mañana (el miércoles) donde se nos aclare”, Bendodo ha reivindicado que “si hay un Gobierno que ha apoyado a los toros como cultura y tradición ha sido éste”, en alusión al actual Ejecutivo autonómico. En la argumentación de Bendodo se ha colado igualmente la idea de que el sector taurino comporta igualmente “muchísimo empleo”. “La Consejería de Salud ha pedido aclaración para ver si se puede compensar con otras medidas”, ha afirmado el consejero de la Presidencia.



En la consulta trasladada por la Consejería de Salud al Ministerio de Sanidad, adelantada por Europa Press, se encamina a que aclare en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) el artículo 14 de la Ley 2/21 determina que, en equipamientos culturales, espectáculos públicos y otras actividades recreativas, las administraciones competentes deben asegurar que se garantiza una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros. El referido artículo 14 de la Ley 2/2021 determina que “las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de equipamientos culturales, tales como museos, bibliotecas, archivos o monumentos, así como por los titulares de establecimientos de espectáculos públicos y de otras actividades recreativas, o por sus organizadores, de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas determinen”.

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