Ronda se desplaza hacia la sostenibilidad con la aprobación de patinetes en calles

Ampliación de instalaciones en el sector agroalimentario y vitivinícola en Ronda

El pleno ordinario de septiembre ha aprobado dos expedientes que permitirán a dos empresas locales ampliar sus instalaciones en el sector agroalimentario y vitivinícola. En primer lugar, se trata de la ampliación de la bodega Doña Felisa, una empresa que ha registrado una gran actividad desde sus inicios y que, además de producir vino, se ha enfocado en el desarrollo del enoturismo en nuestra ciudad.

Por otro lado, se ha aprobado el expediente de la Finca La Molinilla, que se ampliará para necesitar un nuevo cobertizo, una nave de almacenamiento y una era adicional dedicada al secado de la producción de nueces. Esta explotación agrícola es fundamental para la economía local, ya que genera empleo y apoya la modernización de la industria.

La alcaldesa, María de la Paz Fernández, ha destacado que para el Ayuntamiento es un placer promover expedientes que redunden en inversiones privadas de este tipo en el término municipal. "Esto nos muestra la importancia que tiene para nuestra ciudad que el sector agroalimentario siga desarrollándose, ampliándose y contando con inversores, ya que en nuestra comarca son un motor de generación de empleo y apuestan por la modernización de la industria y el desarrollo de la actividad económica".

Nueva ordenanza para Vehículos de Movilidad Personal (VMP)

En paralelo, se ha aprobado por unanimidad la ordenanza reguladora del uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), es decir, patinetes y motos eléctricas. Este documento busca fijar las bases de circulación de esta tipología de transporte, que tiene un uso creciente en Ronda, para favorecer la correcta circulación de los mismos y la movilidad en la ciudad.

Entre las disposiciones recogidas en este reglamento se encuentran la obligatoriedad de tener al menos 14 años para circular con un VMP, el uso de casco y no transportar otros viajeros, animales o bultos que dificulten la visibilidad o conducción segura. Además, no se permitirá circular empleando auriculares, usando el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo que distraiga durante el manejo del VMP.

La velocidad máxima permitida es de 25 kilómetros por hora, reduciéndose a 20 en vías urbanas de sentido único y a 10 kilómetros por hora en puntos concretos, siempre que se señalice específicamente. Los conductores deben circular por la calzada y en el mismo sentido que el resto de los vehículos, y no podrán circular por la acera y en zonas peatonales o vías en las que no puedan circular otros vehículos, salvo que cuenten con un permiso especial.

Finalmente, se prohíbe circular bajo los efectos del alcohol, sustancias estupefacientes, estimulantes y similares, y los conductores deben someterse a las pruebas pertinentes cuando la autoridad se las requiera.

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