El estado de alarma vuelve a escena con un protagonista principal: el toque de queda. Andalucía ha visto cómo este fin de semana se han establecido nuevas restricciones para intentar frenar una nueva ola dentro de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus.

Horario del toque de queda en Andalucía

La medida más destacada del nuevo estado de alarma decretado está el denominado como toque de queda. Con él, la población andaluza no puede salir de su casa, salvo para las acciones autorizadas, entre las 23:00 a las 06:00.



El toque de queda afecta por igual a las ocho provincias andaluzas, aunque en algunas de ellas hay otras restricciones más severas o localidades que directamente están confinadas perimetralmente.

A falta de la reunión que mantendrá el presidente de la Junta Juanma Moreno con el Comité de Alertas, en la tarde de este lunes, de la que pueden salir cambios en las horas del toque de queda en Andalucía esta es la situación actual:

Toque de queda en Sevilla

Los habitantes de la capital tendrán que estar en sus casas de 23:00 a 06:00. Además, en la capital y las localidades de Estepa, Lora de Estepa, Gilena, Marinaleda, Herrera, La Roda de Andalucía, Badolatosa, Utrera, Castillo de las Guardas y Pedrera, también sufren restricciones en bares y restaurantes que deben cerrar a las 22 y tienen limitaciones de aforo, al igual que en celebraciones y eventos.

En la provincia de Sevilla, las localidades de Pedrera y Écija están confinadas perimetralmente.

En el siguiente enlace se pueden consultar todas las medidas que se aplican en Sevilla y los municipios mencionados. 

Toque de queda en Granada

Granada es la provincia andaluza con más restricciones actualmente. La capital y una treintena de municipios de su área metropolitana están bajo confinamiento perimetral, además del toque de queda de 23 a 6 de la mañana.

En total están afectados 32 municipios, de los que no se podrá entrar ni salir, salvo por causa justificada. En concreto, las zonas confinadas son: Albolote, Alfacar, Alhendín, Armilla, Atarfe, Cájar, Cenes de la Vega, Cijuela, Cúllar-Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Dílar, Fuente Vaqueros, Gójar, Guevéjar, Huétor-Vega, Jun, Láchar, Maracena, Monachil, Ogíjares, Otura, Peligros, Pinos-Genil, Pinos-Puente, Pulianas, Santa Fe, Víznar, La Zubia, Las Gabias, Valderrubio y Vegas del Genil.

Toque de queda en Córdoba

El toque de queda en Córdoba se extiende desde las 23 a las 6 horas, además Córdoba capital es la única localidad de la provincia en las que entrarán en vigor las medidas recogidas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 14 de octubre. Durante 14 días, los habitantes de Córdoba tendrán que cumplirlas y, en función de los datos, el Gobierno andaluz verá si prorroga las restricciones.

Toque de queda en Jaén

En el día de ayer también entraron en vigor  las restricciones del 14 de octubre en Jaén capital y las localidades de Baeza y Quesada, por un periodo mínimo de 14 días. Una vez llegado este punto, la Junta de Andalucía valorará si prorroga dichas medidas. El toque de queda está establecido según lo aprobado por el estado de alarma del Gobierno: de 23 a 6 de la mañana.

Toque de queda en Málaga

El toque de queda está establecido según lo aprobado por el estado de alarma del Gobierno: de 23 a 6 de la mañana.

El municipio malagueño de Teba sufre además las restricciones que ya tenía Sierra de Yeguas. Por lo demás, la Costa del Sol no se verá afectada por las medidas impulsadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el pasado 14 de octubre pero sí tendrá que cumplir con el toque de queda instaurado por el Gobierno. La actividad se paralizará en la provincia de 23:00 a 06:00. en ese periodo de tiempo, las personas sólo podrán transitar por las calles para realizar las acciones consideradas como indispensables.

Toque de queda en Almería

La localidad almeriense de Los Gallardos tendrá que estar, al menos, 14 días cumpliendo las medidas y restricciones del 14 de octubre. Por lo demás, los demás zonas de la provincia de Almería tendrán que cumplir con el toque de queda de 23:00 a 06:00.

Toque de queda en Huelva

Huelva es la provincia con menos incidencia de coronavirus. Por ello, los onubenses sólo tendrán como restricción el nuevo toque de queda decretado por el Gobierno en el Boletín Oficial del Estado publicado el 25 de octubre. Aún así, podría ampliar sus medidas en función a lo que diga el Gobierno andaluz.

Toque de queda en Cádiz

Cádiz esquiva por ahora las nuevas restricciones de la Junta de Andalucía en relación a la hostelería y movilidad. Además, el gobierno no ha incluido ningún municipio dentro de los próximos cribados que llevará a cabo. Eso sí, el toque de queda le afecta como al resto de provincias en horario de 23 a 6 horas.

Horario del toque de queda por comunidades autónomas

Los distintos gobiernos de las comunidades autónomas tienen la potestad de ampliar o reducir las medidas frente al coronavirus, incluido, lo que se refiere al toque de queda.

En Andalucía, Juanma Moreno se reúne hoy con el Comité de Alertas y escuchará a los hosteleros que quieren retrasar una hora el inicio del toque de queda en la comunidad.

Hasta la fecha, los horarios del toque de queda en las comunidades son:

23:00 a 06:00. Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Castilla-La Mancha, Ceuta, Galicia, La Rioja, Murcia, Navarra y País Vasco.

22:00 a 06:00. Castilla y León, Cataluña y Melilla.

00:00 a 06:00. Cantabria, Comunidad Valenciana, Extremadura y Madrid.

Qué se puede hacer durante las horas del toque de queda

El BOE señala que “Durante el periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades: 

  • Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad. 
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. 
  • Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia. 
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado. 
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. 
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. 
  • Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores”. 
  • Agrega el real decreto en lo que se refiere a la entrada y salida de las comunidades que “se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma y de cada ciudad con
  • Estatuto de autonomía salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: 
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. 
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. 
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. 
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. 
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes. 
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. 
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. 
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada”. 

Medidas establecidas en Andalucía desde el 14 de octubre

Estas son las que medidas que se aplican en los municipios de Andalucía con los peores datos por la pandemia del coronavirus y que ya vinieron recogidas en el BOJA del 14 de octubre:

  • Bares y restaurantes cierran desde el día de ayer a las 22:00. Además, en estos establecimientos se limita el aforo al 50% y a seis personas el número de miembros de los grupos que podrán reunirse.
  • Cierre de parques y jardines
  • Prohibición de visitas a geriátricos y salida al exterior de los residentes
  • Celebraciones y actos de culto quedan limitadas al 50% del aforo. El número máximo de personas que pueden acudir a los velatorios al aire libre es de 15 y, si es en el interior, se limita a 10.
  • Las actividades deportivas quedan reducidas al 50%, en grupos, máximo de seis personas y la mascarilla es obligatoria si no se puede mantener la distancia

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